Autorizaciones de residencia por arraigo

Autorizaciones de residencia por arraigo

Diferentes tipos de Arraigo

Actualmente existen 4 tipos diferentes de arraigo y cada uno con sus requisitos específicos:

Teniendo en cuenta la situación particular de cada uno, el individuo podrá acogerse a un determinado tipo de arraigo y así conseguir regularizar la situación en España.

El arraigo es una de las mejores alternativas para poder vivir y trabajar de manera legal en cualquier zona de España, y no precisa de una compleja solicitud desde el país de origen.

QUÉ SIGNIFICA  DE ARRAIGO

El arraigo es el procedimiento y opción adecuada que extranjería consiente a todo ciudadano no perteneciente a la Unión Europea y que lleva un determinado tiempo viviendo en España en situación irregular, a obtener la residencia en el país y regularizar su situación.

De este modo, la autorización de residencia por circunstancias excepcionales aprueba vivir en España de manera legal durante 1 año; con la posibilidad de renovación posterior para la obtención de un permiso de residencia regular. 

Mediante el procedimiento de arraigo, y gracias a su regulación en la normativa de extranjería que se encuentra en la Ley Orgánica 4/2000 y el Real Decreto 557/2011, cualquier ciudadano no europeo podrá vivir de manera legal en España, y trabajar ya sea como autónomo (cuenta propia) o para una empresa (cuenta ajena) en cualquier localidad del país.

El arraigo es una de las diferentes maneras de entrar en España como turista y obtener la residencia. Entre las principales ventajas de este procedimiento destaca que puede ser solicitado desde España con tramitaciones mucho menos complejas que el resto de permisos de residencia que en su gran mayoría la tramitación ha de iniciarse desde el país de origen y con trámites muchos más complejos.

El arraigo, ¿permite trabajar en España?

El arraigo va unido a la obtención de un permiso de trabajo, por lo que una vez se consiga dicha autorización, todo ciudadano ya sea como autónomo o bien por cuenta ajena, va a poder trabajar en el país de manera legal,.

Renovado por primera vez el arraigo y siempre y cuando se cumplan los requisitos de renovación, el ciudadano podrá continuar con su actividad laboral sin problema alguno.

Para poder comenzar a trabajar, una vez que el ciudadano haya obtenido su permiso de residencia temporal por arraigo, dispone de un plazo de 30 días para darse de alta en la Seguridad Social, algo que podrá realizar desde cualquier punto del país.

Es importante tener en cuenta que, a pesar de haber logrado el arraigo de manera exitosa, las personas menores de 16 años no podrán acceder a ningún puesto de trabajo. Y todos aquellos que se hallen entre 16 y 18 años, para poder trabajar, van a necesitar la autorización explícita de padres o representantes legales.

Para más información o ante cualquier duda, contacte con nuestro equipo de abogados Madrid y consiga una respuesta de manera inmediata.

Requisitos de solicitud del arraigo en España

En España existen diferentes tipos de arraigo (arraigo social, arraigo laboral, arraigo familiar, arraigo para la formación), los cuales van asociados a una serie de requisitos únicos a cumplir si lo que se desea es la obtención del arraigo en España sin problema alguno.

No obstante los diferentes tipos de arraigo cuentan con una serie de requisitos generales que el ciudadano deberá de cumplir para poder iniciar el procedimiento.

Es importante tener presente que el concepto de arraigo solo puede ser solicitado por personas que no forman parte de un estado miembro de la U.E.

Uno de los principales requisitos para poder conceder la residencia es demostrar, mediante la aportación de documentación específica, cierto vínculo con el país: factores culturales, económicos, familiares, académicos que te unen con España.

Otro de los requisitos esenciales para una solicitud exitosa es carecer de antecedentes penales tanto en el país de origen como en España.

Informe favorable para lograr el arraigo social

El informe favorable va a demostrar la inserción social en el estado español y si duda alguna es uno de los requisitos esenciales de cara a lograr el arraigo.

En el informe deben de aparecer los ingresos económicos del solicitante, todo tipo de vínculo existente con todo familiar que resida en España, tiempo que lleva empadronado en su vivienda actual, etc.

Se realizará una entrevista con el Ayuntamiento de la localidad pertinente, en la que el solicitante deberá de demostrar su vinculación e integración en el país, ser conocedor del idioma (hablar y entender el español y en el caso de la Comunidad Catalana también se valorará entender y hablar catalán), costumbres, cultura…

En nuestro Despacho de Abogados Madrid le ayudamos a preparar la entrevista, facilitándole las preguntas más frecuentes que suelen hacer e indicándole la mejor manera de responder para que su solicitud sea aprobada.

Teniendo en cuenta la Comunidad Autónoma en la que viva el solicitante, pueden aparecer otra serie de requisitos precisos para logar el arraigo de tipo social como por ejemplo en la comunidad catalana en la que será preciso hacer un curso de catalán de 45 horas para así demostrar el entendimiento de dicha lengua.

Muy importante consultar al detalle cuales son los requisitos exigidos según el lugar de residencia para de este modo asegurarse que todo está al corriente y se olvida nada.

Dónde solicitar el arraigo

A diferencia de los demás tipos de residencia en las que el arraigo se solicita desde el país de origen, la solicitud del arraigo social se hace directamente en España.

Puede solicitarse por vía telemática y para ello:

  • Pedir cita y presentar documentación en la oficina de extranjería más próxima
  • Aprobada la solicitud se dispone de 30 días para solicitar la Tarjeta de Residencia o TIE

Entre los documentos a presentar para iniciar la solicitud destacamos enumeramos:

  • Modelo de solicitud oficial (modelo EX10)
  • Copia y pasaporte original
  • NIE (si lo hay)
  • Comprobante del pago de la tasa
  • El empadronamiento
  • Certificado de antecedentes penales de los 5 últimos años
  • Documentos específicos según el tipo de arraigo
  • Todos los documentos aportados que provengan del país de origen del solicitante deben de estar legalizados, apostillados y traducidos al español.

Ante cualquier problema, en nuestro Despacho de Abogados Madrid nos encargaremos de todos los trámites necesarios.

Cuánto tiempo se tarda en conseguir la residencia por arraigo

Son varios los factores que influyen a la hora de conseguir la residencia mediante el arraigo, pero puede calcularse entre unos 5 o 6 meses. Entre los factores influye el tiempo que uno tarde en recopilar y preparar toda la documentación necesaria, el tiempo en dar la cita y tiempo de demora en dar una respuesta, etc.

Una vez presentada la solicitud en la oficina de extranjería, la Administración dispones de 3 meses para formular una respuesta.

Si en el plazo de 3 meses no se ha obtenido respuesta alguna, es que la solicitud ha sido denegada por silencio administrativo.

Ante esta situación y para conseguir que aprueben el arraigo por más que la solicitud haya sido denegada en un principio, es importante saber que es posible que el arraigo sea aprobado por uno de estos dos procedimientos:

  • Interposición de un recurso de reposición ante la Administración para lo que se dispone de 1 mes
  • Iniciación de un nuevo recurso administrativo cuyo plazo es de 2 meses.

Qué pasa después de conseguir la residencia mediante arraigo

Una vez conseguida una autorización de residencia temporal mediante arraigo (familiar, laboral o social) el ciudadano puede vivir y trabajar en España de manera legal durante 1 año.

Pasado el año NO es posible renovar la autorización pero SÍ se podrá vivir en el país de manera legal, pudiendo llegar a obtener el permiso de residencia regular; es decir obtener una autorización ordinaria.

La autorización ordinaria va a permitir vivir en el país durante 1 año más con posibilidad de efectuar renovaciones de manera indefinida.

Existen 3 maneras diferentes de modificar el arraigo:

  • Permiso de trabajo por cuenta ajena o cuenta propia
  • Residencia no lucrativa, si no hay intención de desempeñar un trabajo en España
  • Encontrar una oferta o una prorroga de trabajo antes finalizar el año con el arraigo. Importante hacerla 60 días antes de la expiración de la tarjeta o 90 días después del vencimiento.

Nacionalidad por arraigo

Son varias las formas de lograr la nacionalidad española y una de ellas es mediante la residencia en España, en donde la nacionalidad se consigue por el mero hecho de haber estado viviendo en el país de manera legal durante un determinado tiempo.

Todo extranjero que haya vivido en España ininterrumpidamente durante 10 años podrá adquirir la nacionalidad española por residencia a excepción de:

  • Haber contraído matrimonio con un ciudadano español, en la que tan solo será suficiente haber vivido 1 año para obtener la nacionalidad.
  • Para los ciudadanos de Portugal, Filipinas, Andorra, país latinoamericano o Guinea Ecuatorial tan solo será necesario haber vivido 2 años.
  • Si se es refugiado, el tiempo de espera es de 5 años.

Es muy importante saber que independientemente del grupo al que uno pertenezca es posible obtener la nacionalidad por arraigo.

Los años que el ciudadano ha estado viviendo en el país de manera irregular no cuentan para la ciudadanía española, pero sí cuenta el primer año con el permiso por circunstancias excepcionales.

Transcurrido el primer año, importante cambiar el permiso o tarjeta, por una de las autorizaciones que contempla la normativa.

Una segunda tarjeta no implica una perdida de continuidad sino una continuidad del periodo de residencia, a contar desde que se reconoce la condición de residente con la primera concesión.

La pérdida de la tarjeta implica la pérdida de condición de residente, por lo que si el ciudadano vuelve a nuevamente a regularizarse, es importante saber que los plazos de residencia exigidos para la nacionalidad, al haberse interrumpido la continuidad de la residencia legal, comenzarán de cero.

Si deseas empezar con la solicitud, iniciar con todos los trámites necesarios de arraigo y conseguir tu permiso de residencia de la forma más rápida posible, no dudes contactar con nuestro Despacho de Abogados Madrid, en donde nos haremos cargo de todo.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE