Abogado extranjeria Madrid
En el despacho de Abogado Extranjería Madrid, contamos con abogados especialistas en materia de derecho de inmigración.
En la situación actual española, la migración se está intensificando por momentos, por ello es un tema con el que convivimos día y día. Gracias a ello y tras años de trabajo y experiencia, sabemos cómo obtener resultados llenos de profesionalidad y gratitud para nuestro cliente.
Nuestro trabajo está basado en la honestidad, constancia, trato directo y una estrecha relación con el cliente, de manera que nuestra labor se desarrolla de manera exhaustiva y minuciosa, buscando lo mejor para nuestros clientes y protegiendo así sus intereses.
NUESTROS SERVICIOS
En Abogado Extranjería Madrid damos solución a todo tipo de servicio en cuanto a extranjería se refiere tal y como: permisos de trabajo, visados, permisos de residencia, regularización, arraigo social y laboral, nacionalidad, reagrupación familiar, matrimonios, tarjetas de estudiante, homologación de documentos, expedientes de expulsión...
RECURSOS DE EXTRANJERÍA
Con el fin de resolver distintas situaciones que afectan a personas inmigrantes, nuestros abogados profesionales facilitan actuaciones en el ámbito legal, como los recursos de extranjería. Son procedimientos que procuran la salida más óptima para aquellos extranjeros que ven sus derechos en peligro. En el caso de los recursos de extranjería, pueden interponerse recursos de alzada, reposición y contencioso administrativos.
Este tipo de recursos son interpuestos en las instancias correspondientes, como los diferentes Tribunales de Justicia. Los integrantes del equipo de abogados que le presentamos llevan a cabo las redacciones y las tramitaciones óptimas para que los procedimientos den fruto.
Nuestros clientes encuentran la satisfacción de sentirse protegidos por actuaciones rápidas y solventes ante diversos problemas: renovaciones, permisos de residencia por arraigo, por estudios... residencias de larga duración, obtención de visados, nacionalidad... La denegación de nacionalidad es una de las situaciones habituales a que se enfrenta nuestro despacho de abogados en Madrid.
También tratamos rechazos en frontera o expulsiones, presentando las interposiciones en los plazos indicados (dos meses para los recursos contencioso-administrativos y un mes para los recursos de reposición). Además de la actuación con estos procedimientos, algunos especialistas aconsejan la petición de medidas cautelares o también cautelarísimas.
ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA
La nacionalidad española es la condición de las personas que son miembro de la comunidad nacional española. Existen dos formas de adquirir dicha nacionalidad:
1) Originaria y derivada: La doctrina tradicional venía distinguiendo entre una adquisición originaria y una adquisición derivada de la nacional, según ésta se atribuyera o no desde el momento del nacimiento. Puede existir el caso de “españoles de origen”, los cuales, desde su nacimiento vinieran ostentando una nacionalidad distinta a la española. Por ello, según nuestra Constitución española, “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”(art.11.2), lo que excluye la privación por sanción judicial o administrativa para los españoles que lo sean “de origen”.
Además, según el artículo 11.3 de la Constitución, los españoles no pierden la nacionalidad aunque adquieran la de alguno de los países iberoamericanos o la de alguno de los países que tengan una particular vinculación con España, como Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.
2) Automática: Se adquiere de forma automática la nacionalidad española sin necesidad de que el interesado tenga que declararlo, ni de un acto de reconocimiento por la autoridad, ni de inscribirse en el Registro Civil por la adquisición de dicha nacionalidad. Estos casos se dan cuando se trata de una persona con filiación de español, o alguien que es adoptado por un español durante la minoría de edad, etc.
HOMOLOGACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS
La legalización de documento público extranjero es el acto administrativo a través del cual se dota de validez al mismo. Esta actuación se lleva a cabo por un funcionario, notario o juez con el fin de comprobar la autenticidad de lafirma presente así como la calidad de la autoridad firmante del documento.
Tanto cualquier documento público extranjero en España como cualquier documento público español en el extranjero para ser válido debe pasar por este procedimiento de legalización. Es posible la existencia de instrumentos jurídicos que eximan de esta obligación.
Dada nuestra realidad en la que los intercambios entre países son numerosos, se intenta facilitar la legalización de estos documentos. Para ello, los distintos países, y entre ellos España, han firmado convenios, en especial el Convenio de La Haya, en que se facilita los trámites a sus ciudadanos, de modo que, en el supuesto de legalización, los países firmantes llevaran a cabo un reconocimiento mutuo de los documentos suprimiendo la necesidad de este acto administrativo, bastando un simple sello o apostilla.
Los originales de los documentos públicos o bien las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública son objeto de legalización, así como testimonios realizados por notario.