¿Qué es el régimen comunitario? Es aquel régimen que se aplica a los derechos de entrada y de permanencia en España de aquellas personas procedentes de los Estados miembros de la Unión Europea.
Entre estos estados se encuentran Austria, Bélgica, Dinamarca, Holanda, Malta, Suecia o Finlandia, además de los nacionales de los otros Estados que forman parte del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y los de la Confederación Suiza.
También podría aplicarse este régimen a los familiares de los españoles y de los nacionales de los países citados anteriormente, sea cual sea su nacionalidad, si estos son el cónyuge, los descendientes y los del cónyuge además de los ascendientes y los del cónyuge.
Con el fin de entrar en España lo que deberán presentar los interesados será el pasaporte, los nacionales de los países pertenecientes al territorio Schengen solo tendrán que llevar el documento de identidad que emita el país y los españoles el DNI.
Si son familiares de ciudadanos miembros de la Unión Europea y estos no tienen la nacionalidad de uno de los Estados indicados deberán presentar el visado.
La expedición de este documento es totalmente gratuita y puede ser dispensado en aplicación de los tratados internacionales que sean aplicables.
Por lo tanto los ciudadanos de la Unión Europea podrán entrar, salir y permanecer de forma libre en territorio español, además de tener derecho a acceder a cualquier trabajo o actividad con los mismos derechos que un ciudadano español.
En cuanto a los periodos de estancia en este país que sean menores de los tres meses todos los ciudadanos de la Unión Europea y de los estados miembro solamente deberán tener su documento identificativo o el pasaporte de su país de origen.
Si este periodo se encuentra entre los tres meses y el año de duración tendrán que solicitar la tarjeta temporal de residencia.